Topógrafo en Bizkaia
Levantamientos topográficos por técnico inscrito en el COIGT en Bizkaia, en ETRS89/UTM30N: deslinde, segregación, obra nueva y subsanación de discrepancias catastrales.
Bizkaia necesita levantamientos que aguanten en el Catastro, en el Registro y en el ayuntamiento a la vez. Y aquí el Catastro es el foral, no el estatal.
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Trabajos más frecuentes en Bizkaia
Levantamiento topográfico y deslinde
Estado actual de la finca en ETRS89/UTM30N, con validación gráfica frente a la cartografía catastral y acta de deslinde si hay controversia con el colindante.
Segregación y agrupación
Proyecto de división o agrupación con comprobación previa de la unidad mínima de cultivo o de la parcela mínima urbanística, y tramitación hasta la inscripción.
Declaración de obra nueva
Levantamiento de la edificación, certificado de superficies y acreditación de antigüedad para la escritura.
Subsanación de discrepancias catastrales
Representación gráfica alternativa y declaración de alteración ante la Diputación Foral, con coordinación registral cuando el registro correspondiente la admita.
Certificados y replanteo
Replanteo de linderos y de la edificación en el terreno, y certificados de superficie para notaría.
Topografía en Bizkaia: qué condiciona el trabajo
Bizkaia mantiene un catastro foral propio, gestionado por su Diputación Foral y no por la Dirección General del Catastro: la referencia, la cartografía y el procedimiento de subsanación son distintos de los del territorio común, y un expediente tramitado como si fuera estatal se rechaza por falta de competencia. Los trabajos se entregan en ETRS89/UTM30N, el sistema oficial español desde el RD 1071/2007, obligatorio desde 2015, con validación gráfica frente a la cartografía catastral.
La regeneración de la ría del Nervión ha convertido antiguo suelo industrial en suelo urbano mediante reparcelaciones de gran escala, con el añadido de los condicionantes de suelo contaminado. El Puente Bizkaia, Patrimonio Mundial, y el deslinde del dominio público marítimo-terrestre de la ría marcan los límites en la desembocadura. En el litoral entra además el deslinde del dominio público marítimo-terrestre: la Ley 22/1988 de Costas impone servidumbre de tránsito y de protección sobre las fincas colindantes, y si la línea de deslinde no está incorporada a la cartografía la licencia no avanza.
Problemas frecuentes en Bizkaia
- Discrepancia entre Catastro y Registro: superficie o linderos que no coinciden entre ambos; la alteración catastral se tramita ante la Diputación Foral; la coordinación gráfica con el Registro sigue el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, ante el registrador, y hoy sólo está operativa en los registros ya coordinados con el catastro foral.
- Obra nueva no declarada: edificaciones construidas o ampliadas sin reflejo catastral. La declaración por antigüedad exige levantamiento georreferenciado y acreditación de la fecha de la construcción.
- Afección de la Ley de Costas: fincas dentro de la servidumbre de protección o del dominio público marítimo-terrestre, donde la edificabilidad la fija el deslinde y no el plan municipal.
- Expediente presentado ante el Catastro estatal: en Bizkaia la competencia es de la Diputación Foral. Un expediente dirigido a la Dirección General del Catastro se rechaza por falta de competencia.
Preguntas frecuentes en Bizkaia
¿En qué sistema de coordenadas se trabaja en Bizkaia?+
¿Quién gestiona el catastro en Bizkaia?+
¿Cómo sé si mi finca está afectada por la Ley de Costas?+
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